
La JEP impone la condena de ocho años de sanción propia a siete exintegrantes del último secretariado de las FARC, entre los que se cuentan Pablo Catatumbo, Pastor Alape y Rodrigo Londoño Echeverri
La sección de Primera Instancia del Tribunal para la Paz profirió la sentencia enmarcada dentro del caso 01 (toma de rehenes y graves privaciones de libertad) imponiéndole la máxima sanción establecida en esta justicia.
Por tal motivo, Rodrigo Londoño, Jaime Alberto Parra, Milton de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo Torres, Pastor Alape Lascarro, Julián Gallo y Rodrigo Gandra son declarados los máximos responsables dentro de la organización entre los años 1.993 y 2012 y penalmente responsables en calidad de autores por la comisión de crímenes de guerra consistente en toma de rehenes, homicidios, así como en crímenes de lesa humanidad como privaciones de la libertad, asesinatos, desapariciones forzadas.
De igual manera, se condenan en calidad de autores sus crímenes de guerra de tortura, tratos crueles, atentados a la dignidad personal, violencia sexual, esclavitud y otros actos inhumanos.
El Tribunal resaltó que los comparecientes honraron sus compromisos al sistema integral de paz de la JEP. Desde el 2017 los máximos integrantes del ex secretariado, hoy condenados, se sometieron a esta jurisdicción y han cumplido las condiciones necesarias para acceder al tratamiento especial que establece la norma, dijo el magistrado que impartió la condena.
Los 7 exintegrantes del Secretariado de las Farc-EP estarán sujetos a un régimen de monitoreo permanente de la JEP, portarán un dispositivo electrónico que permitirá verificar en tiempo real su ubicación y actividades. deberán permanecer en un espacio geográfico determinado (no implica cárcel), cumplir con horarios y tareas específicas derivadas de la sanción impuesta por el Tribunal para la Paz.
El magistrado Camilo Suárez Aldana aclaró que los comparecientes podrán participar en política, tal como quedó fijado en el Acuerdo Final de Paz y confirmado por la Corte Constitucional. Sin embargo: prevalece siempre el cumplimiento de la sanción, para salvaguardar su eficacia y la centralidad de las víctimas, y su participación en política no puede emplearse para emitir discursos negacionistas, revictimizantes o contrarios a esta sentencia y a las decisiones de la JEP
Reacciones
El Magistrado Alejandro Ramelli destacó que: «nunca antes había ocurrido en Colombia que los máximos responsables reconocieran públicamente sus crímenes ante la justicia y las víctimas”. “La sentencia de hoy es un hito. Pero el sentido de la JEP no está solo en este fallo, sino en el camino recorrido por víctimas y comparecientes, y en el que falta por andar: el de la ejecución de las sanciones”.
A su turno, el ex ministro del Interior y exsenador Juan Fernando Cristo dijo «: La decisión de la JEP es tardía, pero histórica: impone las primeras sanciones al secretariado de las antiguas FARC, en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo de Paz y en la norma constitucional».